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1ª Modificación a la Miscelánea Fiscal 2024, 2ª Versión

Encuentra los cambios que incluye la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.

Encuentra los cambios que incluye la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024

El pasado 21 de mayo de 2024, el SAT publicó la segunda versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal. Y en esta versión del anteproyecto se presentan, entre otros, los siguientes cambios:

Cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal

Inscripción en el RFC

Se adiciona la ficha de trámite 321/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas a través de oficina virtual” para la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de las siguientes personas físicas:

  • Mexicanos que viven en el extranjero sin obligaciones fiscales en México.
  • Personas físicas que únicamente perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.
  • Personas físicas sin obligaciones fiscales.

Este trámite no reemplaza a los siguientes:

  • Inscripción de personas físicas residentes en México y personas físicas residentes en el extranjero con y sin establecimiento permanente en México, de conformidad con la ficha de trámite 39/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas”.
  • Inscripción de personas físicas sin actividad económica, de conformidad con la ficha de trámite 39/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas”.
  • Inscripción al RFC de trabajadores, de conformidad con la ficha de trámite 40/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de trabajadores”.
  • Inscripción de personas físicas menores de edad a partir de los 16 años, que presten servicio personal subordinado (salarios), de conformidad con la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad a partir de los 16 años en el régimen de salarios”.

Modalidad de Oficina Virtual

Se entiende que, tratándose de asalariados, este trámite es el que seguirán aquellos que realicen directamente el registro a través de la modalidad de la ‘oficina virtual’, que consiste en la atención remota al contribuyente a través de una videollamada o sesión virtual.

Vigencia

Esta modificación aplico a partir del 21 de mayo de 2024.

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