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¿Tu empresa factura más de $50 millones? Estos cambios podrían aumentar su ISR

Propuesta de reforma fiscal 2027

La propuesta de reforma fiscal para 2027 introduce una nueva frontera para las empresas, $50 millones de pesos de ingresos acumulables

Por debajo de ese nivel, la iniciativa de reforma fiscal para 2027 plantea ampliar el límite de ingresos para que ciertas personas morales puedan tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Por encima de esa cantidad, determinadas empresas del régimen general quedarían sujetas a nuevas reglas para calcular sus deducciones, pagos provisionales y pérdidas fiscales.

Esto no significa que la tasa general del ISR empresarial aumente. El punto es diferente; la propuesta podría reducir el monto de deducciones y pérdidas que algunas empresas pueden aprovechar en cada ejercicio, lo que tendría el efecto de elevar su base gravable.

Y aunque se trata todavía de una iniciativa, el posible impacto merece atención desde ahora, especialmente para empresas con márgenes reducidos, deducciones cercanas a sus ingresos o pérdidas fiscales pendientes de amortizar.

El cambio comienza con una nueva referencia de $50 millones de ingresos

Uno de los cambios propuestos es elevar de $35 millones a $50 millones de pesos el límite de ingresos para que las personas morales puedan tributar en RESICO, además de plantear que este régimen pueda ser opcional para quienes cumplan los requisitos.

Pero esos $50 millones también adquieren importancia por otra razón, la iniciativa propone un nuevo esquema de control para determinadas personas morales del régimen general cuyos ingresos acumulables superen esa cantidad.

El objetivo planteado en la iniciativa es establecer mecanismos para evitar abusos en la aplicación de deducciones y pérdidas fiscales.

Por eso, para una empresa que se encuentra cerca de ese nivel de ingresos, 2027 podría representar un cambio importante en la forma de determinar su ISR si la propuesta es aprobada.

El nuevo límite propuesto en la Reforma Fiscal 2027 a las deducciones podría elevar la utilidad fiscal

Uno de los cambios más relevantes está relacionado con las deducciones autorizadas, la propuesta establece una mecánica mediante la cual, para las empresas sujetas al nuevo régimen, el monto de deducciones que puede disminuirse tendría un límite vinculado con sus ingresos acumulables.

Si las deducciones representan 96.67% o menos de los ingresos acumulables, solamente podría disminuirse inicialmente el equivalente al 99% de dichas deducciones.

Cuando las deducciones superen el 96.67% de los ingresos, el monto deducible quedaría limitado precisamente a ese 96.67% de los ingresos acumulables.

La consecuencia práctica es importante: una empresa podría tener gastos y deducciones reales que excedan el límite permitido para ese ejercicio, pero no necesariamente podría utilizarlos todos de inmediato.

Un ejemplo permite entender el efecto

Supongamos que una empresa obtiene $100 millones de pesos de ingresos acumulables y tiene $105 millones de deducciones autorizadas.

Sin esta limitación, el resultado aritmético sería una pérdida de $5 millones, con la mecánica propuesta, las deducciones quedarían limitadas inicialmente a $96.67 millones.

En consecuencia, para efectos del ISR aparecería una utilidad fiscal de aproximadamente $3.33 millones, aunque económicamente la empresa haya tenido deducciones superiores a sus ingresos.

Esto no significa que necesariamente pierda para siempre la parte no aprovechada. La propuesta contempla que las deducciones que no puedan aplicarse puedan utilizarse posteriormente bajo las reglas establecidas.

El problema, entonces, no es únicamente cuánto podrá deducir una empresa en total, sino cuándo podrá utilizar esas deducciones.

El efecto de la Reforma Fiscal 2027 podría sentirse antes de presentar la declaración anual

Aquí aparece uno de los puntos que puede tener mayor importancia financiera para las empresas, la propuesta no se limita al cálculo anual del ISR. También modifica la mecánica de los pagos provisionales de 2027, mediante ajustes al coeficiente de utilidad para determinados contribuyentes con ingresos superiores a $50 millones.

La iniciativa plantea aplicar uno de dos factores, dependiendo de la relación entre las deducciones y los ingresos acumulables de la declaración anual utilizada como referencia.

Cuando las deducciones sean iguales o inferiores al 96.67% de los ingresos acumulables, el coeficiente de utilidad se multiplicaría por 1.0658. Cuando las deducciones superen ese porcentaje, el factor sería de 2.6162.

¿Qué significa esto en términos sencillos?

Imaginemos una empresa cuyo coeficiente de utilidad es de 0.0200, equivalente a una utilidad fiscal del 2% respecto de sus ingresos.

Si le corresponde aplicar el factor de 2.6162, su coeficiente pasaría aproximadamente a 0.0523. En otras palabras, para calcular sus pagos provisionales tendría que considerar una utilidad fiscal estimada superior al 5%, aun cuando su referencia histórica hubiera sido cercana al 2%.

La exposición de motivos plantea estos factores como una forma de distribuir durante 2027 el efecto que tendría la nueva mecánica en el cálculo anual. Pero para la empresa, el resultado práctico podría ser distinto; entregar más dinero al SAT durante el año y recuperar la diferencia, en su caso, hasta la determinación anual.

Las pérdidas fiscales también tendrían un nuevo límite

Las empresas que arrastran pérdidas fiscales de ejercicios anteriores enfrentarían otro cambio relevante, la propuesta plantea que esas pérdidas solamente puedan disminuirse hasta por el equivalente al 50% de la utilidad fiscal del ejercicio.

Esto significa que tener pérdidas fiscales suficientes no necesariamente permitiría eliminar por completo la utilidad fiscal de un ejercicio.

Ejemplo de una empresa con $100 millones en pérdidas acumuladas

Supongamos que una empresa genera en 2027 una utilidad fiscal de $20 millones de pesos y tiene $100 millones de pérdidas fiscales pendientes.

Aunque las pérdidas disponibles sean mucho mayores que la utilidad, bajo la regla propuesta solamente podría disminuir $10 millones, equivalente al 50% de la utilidad fiscal.

Los otros $10 millones continuarían sujetos al cálculo del ISR. La propuesta también contempla llevar esta limitación a los pagos provisionales, por lo que el efecto no necesariamente aparecería únicamente al cierre del ejercicio.

Deducciones limitadas y pérdidas restringidas, el efecto puede acumularse

Aquí está uno de los puntos más importantes para las empresas, las nuevas reglas no operarían de manera aislada. Una empresa podría encontrarse simultáneamente con menos deducciones aprovechables en el ejercicio más un coeficiente de utilidad ajustado más un límite para disminuir pérdidas fiscales.

La combinación puede elevar el ISR que se anticipa durante el año, particularmente en compañías que históricamente trabajan con márgenes reducidos o que tienen importantes pérdidas fiscales acumuladas. Por eso, analizar cada regla por separado puede subestimar el impacto real.

¿Qué empresas deberían revisar desde ahora el posible impacto?

No todas las personas morales enfrentarían necesariamente las mismas consecuencias. La iniciativa contempla exclusiones para determinados sectores y situaciones específicas, por lo que será necesario revisar el texto final y las reglas aplicables antes de determinar quién quedará sujeto al nuevo régimen.

Aun así, hay un grupo que debería prestar especial atención; empresas con ingresos acumulables superiores a $50 millones que tengan deducciones cercanas a sus ingresos o pérdidas fiscales pendientes de amortizar.

En estos casos, no basta con estimar el ISR anual. También será necesario proyectar cómo cambiarían los pagos provisionales y el flujo de efectivo mensual.

El verdadero impacto podría estar en el flujo de efectivo

Una empresa puede terminar pagando el mismo ISR anual que esperaba y, aun así, enfrentar un problema de liquidez durante el ejercicio si los pagos provisionales aumentan.

Por ejemplo, si históricamente una empresa realiza pagos provisionales relativamente bajos debido a su margen de utilidad, un coeficiente ajustado podría obligarla a entregar más recursos al SAT durante 2027.

Ese dinero dejaría de estar temporalmente disponible para financiar inventarios, nómina, proveedores, inversiones o capital de trabajo.

Por eso, el análisis de la reforma no debería limitarse a preguntar “¿cuánto ISR voy a pagar?”, sino también: “¿cuánto dinero tendré que entregar durante el año y en qué momento?”

Qué deberían revisar las empresas antes de que termine 2026

Aunque la reforma todavía no está aprobada, las empresas que podrían quedar dentro del nuevo esquema tienen una oportunidad para preparar escenarios.

Conviene revisar sus ingresos acumulables, deducciones, márgenes de utilidad y pérdidas fiscales pendientes para determinar qué efecto tendrían los límites propuestos.

También será importante comparar el ISR anual esperado con los pagos provisionales que resultarían bajo los nuevos factores.

La finalidad no es anticipar que la reforma necesariamente entrará en vigor exactamente como fue presentada, sino conocer la exposición financiera de la empresa si las reglas avanzan en términos similares a los planteados.

Reforma fiscal 2027; todavía es una propuesta, no una obligación vigente

Este punto debe quedar perfectamente claro, la iniciativa del Paquete Económico 2027 fue presentada por el Ejecutivo Federal el 8 de septiembre de 2026 y se encuentra en proceso legislativo.

El proyecto fue turnado al Congreso para su análisis y discusión; por lo tanto, las reglas descritas en este artículo corresponden a lo propuesto y no deben tratarse como disposiciones fiscales vigentes.

El texto puede modificarse durante la discusión legislativa antes de convertirse, en su caso, en una disposición aprobada y publicada.

La propuesta de Reforma Fiscal 2027

La propuesta introduce cambios que podrían modificar de manera importante la forma en que determinadas empresas calculan y aprovechan sus deducciones, pérdidas fiscales y pagos provisionales.

El punto de referencia será $50 millones de pesos de ingresos acumulables, pero el verdadero impacto dependerá de la estructura fiscal de cada empresa.

Para algunas, el cambio podría representar una mayor facilidad para acceder al RESICO. Para otras, especialmente las que queden sujetas al nuevo régimen, el efecto podría reflejarse en menores deducciones aprovechables, una utilización más lenta de pérdidas fiscales y mayores pagos provisionales.

Por ahora, la reforma sigue siendo una propuesta. Lo importante para las empresas no es reaccionar como si las nuevas reglas ya fueran definitivas, sino cuantificar desde ahora qué ocurriría con su ISR y su flujo de efectivo si fueran aprobadas.

Así podrán llegar a 2027 con escenarios financieros claros y no descubrir el impacto cuando llegue el primer pago provisional.

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