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SCJN valida impuesto del 2% a plataformas de reparto en CDMX

Lo que deben anticipar restaurantes y negocios que usan plataformas (apps) de reparto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que el impuesto del 2% aplicado a las plataformas de reparto en la Ciudad de México es constitucional

Esta resolución valida la facultad del gobierno local para cobrar contribuciones a empresas tecnológicas (plataformas de reparto) que operan de forma intensiva en la infraestructura urbana, especialmente en la red vial.

En términos simples, la Corte determinó que plataformas como Uber Eats, Rappi o DiDi Food sí pueden estar sujetas a este tipo de impuestos por el volumen de entregas que realizan diariamente en la ciudad.

El impuesto está vigente desde 2022 y consiste en el pago del 2% por cada operación de entrega, sin que, al menos en la ley, este costo deba trasladarse directamente a repartidores o usuarios finales.

¿Qué significa este fallo de la Suprema Corte?

Este fallo tiene un alto impacto regulatorio, ya que confirma que los gobiernos estatales y locales pueden crear impuestos específicos para plataformas digitales cuando estas hacen uso intensivo de servicios públicos, como calles y vialidades.

Además, la decisión de la SCJN envía un mensaje claro: las plataformas tecnológicas no están exentas de esquemas contributivos locales, aun cuando su modelo de negocio sea digital.

Un impuesto que divide opiniones

La medida no ha estado exenta de polémica. Diversos sectores han manifestado su inconformidad por varias razones.

Trato fiscal diferenciado

Uno de los principales cuestionamientos es que el impuesto se aplica exclusivamente a plataformas digitales de reparto, sin que otros modelos logísticos tradicionales estén sujetos a un cobro similar. Para algunos, esto representa un trato fiscal desigual.

Posible conflicto con el T-MEC

También se ha señalado que el impuesto podría entrar en tensión con el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), ya que muchas de estas plataformas tienen origen extranjero y podrían verse afectadas de manera diferenciada frente a empresas nacionales.

Criterios contradictorios de la SCJN

La controversia se intensifica porque, en resoluciones anteriores, la propia Suprema Corte había señalado que impuestos de este tipo sí podían impactar indirectamente a repartidores y consumidores. Sin embargo, el nuevo fallo considera válido el impuesto y respalda su constitucionalidad.

Posibles impactos económicos en el ecosistema de entregas

Aunque el impuesto no se cobra directamente al usuario final, las empresas advierten que el 2% genera presiones internas que pueden reflejarse en distintos niveles de la operación.

Entre los posibles efectos se encuentran:

  • Ajustes en los ingresos o incentivos de repartidores
  • Incremento en las comisiones que pagan restaurantes y pequeños comercios
  • Aumento en el costo operativo por cada transacción

En la práctica, esto podría traducirse en cambios en tarifas de entrega, reducción de promociones o modificaciones en los esquemas comerciales de las plataformas.

¿Podría extenderse este impuesto a otros estados?

La validación del impuesto por parte de la SCJN no solo mantiene vigente la medida en la CDMX, sino que abre la puerta a que otras entidades federativas adopten impuestos similares.

Si cada estado implementa su propio esquema, las plataformas podrían enfrentar un mapa fiscal fragmentado, con reglas y cargas distintas según la región.

Para las grandes apps, esto implicaría mayores costos administrativos y de cumplimiento. Para los comercios afiliados, el impacto podría reflejarse en comisiones más altas o ajustes operativos.

Lo que deben anticipar restaurantes y negocios que usan plataformas (apps) de reparto

Ante este nuevo escenario regulatorio, los restaurantes y negocios que dependen de plataformas de entrega deben prestar atención a varios factores clave:

Variables a vigilar en las plataformas de reparto

  • Posibles incrementos en comisiones o costos por servicio
  • Revisión de márgenes de ganancia y precios finales
  • Evaluación de modelos híbridos o reparto propio
  • Seguimiento a litigios y futuros criterios judiciales
  • Ajustes en contratos con plataformas para integrar el costo regulatorio

Más allá del porcentaje del impuesto, la verdadera atención está en cómo absorberán el costo las plataformas, qué parte podría trasladarse a los comercios y cómo cambiará la dinámica económica del sector de entregas a domicilio en los próximos años.

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