Saltar al contenido

Régimen de arrendamiento: ¿deducción ciega o gastos reales?

Deducciones en el Régimen de Arrendamiento

En el Régimen de arrendamiento es importante elegir correctamente cómo vas a deducir tus impuestos por ingresos de rentas

Si estas en el Régimen de Arrendamiento y rentas una casa, departamento, local o bodega, hay dos caminos para deducir impuestos ante el SAT: la deducción ciega del 35% o la deducción de erogaciones reales. Aquí te explicamos cuál te conviene según tus gastos y situación financiera.

¿Qué es el régimen de arrendamiento?

Si obtienes ingresos por rentar una propiedad, estás obligado a declarar y pagar impuestos ante el SAT. A esto se le conoce como régimen de arrendamiento, y aplica tanto para personas físicas que rentan propiedades habitacionales como para quienes arriendan espacios comerciales o industriales.

Una de las ventajas de este régimen es que ofrece dos formas de deducción fiscal para calcular el impuesto que debes pagar: una es sencilla y automática, la otra es más detallada pero puede ser más rentable en ciertos casos.

Opción 1: ¿Qué es la deducción ciega?

Una deducción fácil y sin comprobantes

La deducción ciega consiste en descontar automáticamente el 35% de tus ingresos por rentas, sin necesidad de presentar facturas o comprobantes de gastos. Por eso se le llama “ciega”: no importa cuánto gastaste realmente, el SAT te permite deducir un porcentaje fijo.

¿Cuándo y cómo se aplica?

  • Esta opción se elige al presentar tu primera declaración provisional del año.
  • Aplica a todos los inmuebles arrendados, incluso si eres copropietario.
  • No puedes cambiar de opción durante el año, pero sí puedes modificarla en tu declaración anual, según lo permite el artículo 196 del Reglamento de la Ley del ISR.

Opción 2: ¿Qué son las erogaciones reales?

La opción para quienes sí tienen gastos

La deducción de erogaciones reales te permite restar de tus ingresos todos los gastos relacionados con tu actividad de arrendamiento. Es decir, si realmente estás invirtiendo en la propiedad (mantenimiento, reparaciones, seguros, intereses, etc.), esta opción puede ayudarte a pagar menos impuestos.

¿Qué tipo de gastos puedes deducir?

Según la ley, los gastos permitidos incluyen:

  • Impuesto predial y otras contribuciones locales
  • Gastos de mantenimiento
  • Intereses reales por créditos relacionados con la propiedad
  • Salarios, comisiones u honorarios que pagues a terceros
  • Primas de seguros
  • Inversiones en construcciones o mejoras

¿Cuál opción te conviene más?

No hay una respuesta única: depende de tu situación.

  • Si no tienes muchos gastos o quieres algo simple, la deducción ciega puede ser ideal.
  • Si estás haciendo mejoras, invirtiendo en el inmueble o tienes varios gastos relacionados, las erogaciones reales podrían representar un mayor beneficio fiscal.

La recomendación es clara: haz un análisis financiero de tus ingresos y costos antes de decidir. La planeación fiscal adecuada puede ayudarte a maximizar tus deducciones y a evitar sorpresas al final del año.

Conclusión sobre las deducciones en el Régimen de Arrendamiento

El régimen de arrendamiento ofrece dos caminos para cumplir con el SAT, pero solo uno será el más rentable para ti. Evalúa tu estructura de costos, define si vas a invertir o mantener tus propiedades, y elige con inteligencia. Tomar esta decisión con criterio no solo te evita problemas, también te puede ahorrar mucho dinero.

Decisiones correctas, no infinitas opciones

Suscríbete y recibe en tu correo las ultimas actualizaciones fiscales y tips de facturación que simplifican la vida.

No hacemos spam, recibirás un correo a la semana para no perderte nada.

Suscribirse a Blog Post es gratis y darse de baja tambien

Aviso de privacidad

Preferencias