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¿Qué gastos puedes deducir y cuales no? SAT lo aclara

Más información oficial para deducir gastos correctamente

SAT publicó el Comunicado 57/2025, donde detalla qué gastos personales puedes deducir

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el Comunicado 57/2025, donde detalla qué gastos personales puedes deducir en la declaración anual y cuáles son los requisitos que deben cumplir las facturas para que la autoridad los acepte.

El objetivo es ayudar a las personas contribuyentes a evitar errores y aprovechar correctamente los beneficios fiscales disponibles.

Requisitos indispensables para que los gastos se puedan deducir

Antes de incluir cualquier gasto en tu declaración anual, el SAT pide revisar que las facturas cumplan con todos los requisitos fiscales. Si alguno falta, la deducción puede ser rechazada.

A continuación, los requisitos explicados de forma clara:

1. Contar con el CFDI vigente y correcto

Debes tener la factura electrónica (CFDI) correspondiente al servicio o producto que deseas deducir.

2. Revisar que tu RFC esté bien capturado

El RFC del contribuyente debe aparecer correctamente en el comprobante. Un solo carácter incorrecto invalida la deducción.

3. Que el concepto facturado coincida con lo recibido

La descripción del servicio debe coincidir con lo que realmente pagaste y recibiste. Ejemplo: si pagas honorarios médicos, la factura debe indicar justamente eso.

4. Haber pagado con métodos electrónicos

Solo son válidos los pagos hechos mediante:

  • Transferencia
  • Tarjeta de crédito o débito
  • Cheque nominativo

Los pagos en efectivo no son deducibles.

Cumplir con estos requisitos asegura que tus gastos se reflejen correctamente en la declaración anual y que la autoridad fiscal los acepte sin contratiempos.

Gastos personales que sí puedes deducir

El comunicado del SAT especifica los conceptos que las personas físicas pueden deducir como parte de sus gastos personales. Aquí los tienes explicados de manera simple:

Gastos médicos y hospitalarios

Incluyen honorarios médicos, estudios de laboratorio, análisis clínicos, medicinas integradas en una factura de hospital, prótesis, tratamientos y servicios similares.

Gastos funerarios

Se pueden deducir los gastos realizados para:

  • Cónyuge
  • Padres
  • Hijos
  • Nietos

Donativos autorizados

Solo aplican si se entregan a instituciones autorizadas por el SAT. Otros donativos no son deducibles.

Primas de seguros de gastos médicos mayores

Aplica tanto para el titular de la póliza como para sus dependientes económicos.

Colegiaturas y transporte escolar

Puedes deducirlos siempre que cuentes con la factura correspondiente y el pago se haya realizado con método electrónico.

Intereses reales de créditos hipotecarios

Solo se pueden deducir cuando el crédito fue contratado con instituciones financieras autorizadas.

Ahorro para el retiro y aportaciones voluntarias

Incluye depósitos en:

  • Cuentas especiales para el retiro
  • Fondos personales de retiro
  • Aportaciones voluntarias a la Afore

Límite total de las deducciones personales

El total de tus deducciones personales no puede exceder el monto que resulte menor entre:

  • Cinco UMA anuales, o
  • El 15 % de tus ingresos anuales, incluyendo ingresos exentos.

Restricciones y consideraciones importantes para deducir gastos

RESICO no permite deducciones personales

El SAT aclaró que las personas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no pueden aplicar deducciones personales en su declaración anual.

Recomendaciones para deducir los gastos y aprovechar tus deducciones

El SAT sugiere:

  • Solicitar facturas cada mes
  • Mantenerlas organizadas durante todo el año
  • Verificar datos antes de pagar
  • Usar siempre métodos electrónicos

Esto facilita la elaboración de la declaración anual y maximiza los beneficios fiscales permitidos.

Más información oficial para deducir gastos correctamente

La información completa sobre deducciones personales está disponible en el portal oficial del SAT, aunque no se incluye aquí el enlace directo para evitar errores de clic, puedes consultarlo fácilmente desde la sección principal de trámites del SAT, en su apartado de Declaración Anual.

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