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Plataformas Digitales y Personas Físicas sin RFC

Las plataformas digitales retienen una gran cantidad de impuestos, descubre porque.

Las plataformas digitales retienen una gran cantidad de impuestos que generan las personas físicas por no informar su Registro Federal de Contribuyentes.

A través del Régimen de Plataformas Digitales, las personas físicas que ofrecen bienes o servicios en estas plataformas están sujetas a la retención tanto del Impuesto sobre la Renta (ISR) como del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La tasa de retención del ISR varía según el tipo de actividad económica: 1%, 2.1% o 4%. En cuanto al IVA, la retención es del 50% del impuesto, equivalente al 8%.

Las plataformas retienen más si no tienen el RFC

Si una persona física no proporciona su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a la plataforma digital, esta retendrá el 20% del ISR y el 100% del IVA, lo que equivale al 16%.

Impacto financiero por no proporcionar el RFC

Aunque no es una obligación legal para las personas físicas proporcionar su RFC, no hacerlo implica altos costos financieros. Esto se debe a que las plataformas digitales retienen una gran cantidad de recursos, lo que reduce significativamente el capital de operación del negocio.

Además, es importante que las personas morales también informen su RFC a las plataformas. Si la plataforma no sabe si la persona es física o moral, aplicará igualmente la retención máxima.

Imposibilidad de acreditar la retención sin el Registro Federal de Contribuyente (RFC)

La retención del 20% del ISR y del 100% del IVA no es acreditable si no se proporciona el RFC. La plataforma expediría una constancia de retenciones sin RFC, lo que impide que el contribuyente recupere esa retención y, además, debe pagar el impuesto por el total de la operación.

Recomendación sobre Plataformas Digitales

Por estas razones, se recomienda a las personas físicas que informen a las plataformas digitales su clave del RFC para evitar retenciones excesivas y no acreditables.

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