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¿Pagaste en especie o con compensación? Así puedes deducir…

Descubre todo sobre el pago en especie o con compensación: sí es válido, pero hazlo bien

Pagar una deuda en especie o con compensación sin soltar dinero en efectivo

—Por ejemplo, entregando mercancía, maquinaria o “cruzando cuentas”— es perfectamente válido en México, y además, deducible para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR). Pero ojo: si no se hace bien el pago en especie o con compensación, puedes perder el acreditamiento del IVA. Aquí te explicamos, en sencillo, cómo funciona y qué cuidar.

¿Qué dice el SAT? Sí puedes deducir pagos sin efectivo… si usas la clave correcta

En la práctica empresarial, es común liquidar deudas “en especie” o mediante compensación. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite deducir estas operaciones para ISR, siempre que lo documentes correctamente en el CFDI (factura electrónica).

Para ello, el CFDI debe incluir una de las siguientes claves oficiales para pagos sin efectivo, según la forma en que se liquide la deuda:

Clave CFDIDescripciónEjemplo de uso
12Dación en pagoEntregar maquinaria para saldar un préstamo
17CompensaciónCruzar cuentas por cobrar entre empresas relacionadas
24ConfusiónCuando el deudor y acreedor son la misma persona moral
27A satisfacción del acreedorEntregar inventario u otro bien que el acreedor acepte en lugar de dinero

Requisitos para que sea deducible en ISR

  • Si el pago no involucra efectivo, no necesitas cumplir la regla de “pago bancario para montos mayores a $2,000”.
  • El CFDI debe reflejar la forma de pago real usando una de las claves anteriores, además de describir con claridad los bienes o servicios usados para pagar.
  • Con esto, la deducción para ISR es completa, aunque no haya flujo de dinero.

Cuidado con el IVA: sin dinero, no hay acreditamiento

Aquí viene la parte delicada: para efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Suprema Corte ha sido clara. Si pagas con bienes o compensaciones, no puedes acreditar el IVA que te trasladan.

En otras palabras: aunque la factura sea válida, si no hubo dinero circulando, el IVA que pagues en esa operación no lo puedes descontar del IVA que tú cobras.

Esto provoca un efecto importante: tu empresa puede deducir el gasto para ISR, pero el IVA lo absorbe como costo.

Estrategia y cálculo de riesgos: antes de pactar, evalúa

La diferencia de trato entre ISR e IVA hace que estos esquemas de pago tengan ventajas… y riesgos, antes de acordar un pago no monetario, te conviene:

  • Calcular cuánto IVA no acreditable asumirás.
  • Evaluar si la ventaja de no salir de inmediato con efectivo justifica ese costo.
  • En operaciones recurrentes, documentar bien los contratos y consultar a un asesor fiscal para evitar problemas con el SAT.

Conclusión sobre el pago en especie o con compensación: sí es válido, pero hazlo bien

Liquidar deudas sin efectivo es una estrategia útil para cuidar la liquidez de tu negocio, y es deducible para ISR si usas la clave correcta y documentas bien en el CFDI.
Sin embargo, tienes que estar consciente de que perderás el acreditamiento del IVA en esas operaciones.
Por eso, antes de elegir esta forma de pago, analiza tus números y asesórate. Un pequeño detalle mal manejado puede salir caro.

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