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Obtén tu CSD, último mes, Personas Físicas

Obtén tu csd para la factura electrónica

Último mes para Personas Físicas, será necesario el CSD para la emisión de factura electrónica sin la facilidad anterior de hacerlo sin la e.firma o CSD

Es necesarios el CSD para Factura Electrónica. De acuerdo con los artículos transitorios de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2023 (RMF), Junio es el último mes para que las personas físicas contribuyentes en el capítulo II y III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) obtengan su CSD. Esto les permitirá expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

Certificado de Sello Digital (CSD) es obligatorio para emitir factura electrónica

El Artículo Transitorio Vigésimo Quinto de la RMF establece que los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) podrán seguir emitiendo sus CFDI a través de las aplicaciones «Factura fácil» y «Mi nómina» de «Mis cuentas» sin la necesidad de contar con la e.firma o CSD hasta el 30 de junio de 2023.

Así mismo, el artículo Transitorio Décimo Noveno señala que los contribuyentes del Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, Plataformas Digitales y de Arrendamiento podrán emitir sus CFDI en «Factura fácil» y «Mi nómina» desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2023 sin la necesidad de contar con la e.firma o CSD.

En resumen, aquellos contribuyentes que emitan facturas a través de estos medios deberán obtener su CSD o e.firma antes del 30 de junio de 2023. De lo contrario, no podrán expedir sus CFDI a partir del 1 de julio de 2023.

Es importante destacar que la normativa permite contar con la e.firma o el CSD. Es decir, brinda la opción de utilizar uno u otro.

No obstante, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha enviado comunicados a los contribuyentes a través del buzón tributario, enfatizando la obligación de obtener un CSD, incluso si ya se cuenta con la e.firma.

Guía para obtener tu CSD

Dado lo anterior, se sugiere que los contribuyentes que aún no cuenten con su CSD, obtengan este archivo. Además, el SAT proporciona la «Guía para la renovación de la firma electrónica por internet«.

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