
Guía clara y práctica para entenderla la materialidad de los servicios
La materialidad de los servicios es uno de los conceptos más mencionados en revisiones del SAT… pero también uno de los menos comprendidos. En la práctica significa algo muy simple:
Demostrar con hechos y documentos que las operaciones realmente sucedieron.
Es decir, que el servicio que contrataste sí se prestó, que el proveedor tenía la capacidad para hacerlo y que tu empresa obtuvo un beneficio real.
Hoy en día, aunque no existe un artículo que liste los requisitos específicos, la materialidad es un elemento central en cualquier acto de fiscalización y suele implicar solicitudes de información amplias y detalladas por parte del SAT.
¿Cuándo puede pedir el SAT demostrar materialidad de los servicios?
El SAT puede solicitar evidencia de materialidad en varios escenarios. Los más comunes son:
1. Facultades de comprobación (artículo 42 del CFF)
La autoridad puede verificar que el contribuyente cumple sus obligaciones y determinar si existen responsabilidades solidarias. En este proceso, la materialidad es un punto clave.
2. Operaciones inexistentes (artículo 69-B del CFF)
Si el SAT detecta que un contribuyente emite comprobantes sin activos, personal o infraestructura, puede presumir que las operaciones son inexistentes. Aquí, demostrar materialidad es fundamental para desvirtuar esa presunción.
3. Solicitudes de devolución de impuestos
Cuando un contribuyente solicita devoluciones, el SAT revisa a fondo la información para asegurarse de que no existan operaciones simuladas, proteger la recaudación y prevenir evasión fiscal.
¿Qué elementos sirven para demostrar la materialidad de los servicios?
Muchas empresas creen que basta con contratos, CFDI y comprobantes de pago, pero para el SAT eso no es suficiente.
Para acreditar que un servicio realmente se prestó, la autoridad puede solicitar elementos adicionales como:
- Documentación contable, legal y comercial
- Cotizaciones
- Presupuestos
- Bitácoras de seguimiento
- Revisiones periódicas
- Entregables reales del servicio
- Evidencia del cumplimiento de obligaciones fiscales
En operaciones con partes relacionadas, estos documentos suelen considerarse innecesarios; por eso, el análisis funcional del estudio de precios de transferencia se vuelve imprescindible para documentar funciones, activos y riesgos, y así fortalecer la materialidad ante cualquier revisión.
Materialidad en operaciones de servicios
Las operaciones de servicio son, por naturaleza, más difíciles de comprobar, porque no dejan un “producto físico” como evidencia.
La empresa debe demostrar:
- Indispensabilidad del servicio para sus actividades.
- Que el proveedor tenía infraestructura, personal y capacidad para prestarlo.
- Que se realizaron funciones claras, se asumieron riesgos y se usaron bienes, capacidades y conocimiento.
- Que el servicio generó un beneficio real a la empresa.
Para esto, es fundamental conservar documentos como:
- Contratos y convenios
- Informes, reportes, minutas
- Registros contables
- Evidencia de pagos
- Manuales, instructivos o entregables
Mientras más completa sea la evidencia, más sencillo será acreditar la materialidad.
Criterio no vinculativo 44 de ISR
Este criterio aclara que solo podrán deducirse las erogaciones por servicios cuando el contribuyente demuestre la materialidad del servicio recibido.
Además, considera práctica fiscal indebida deducir servicios sin contar con la documentación que acredite su prestación efectiva. En resumen: sin materialidad, no hay deducción.
Elementos clave para acreditar la materialidad de los servicios
1. Contratos
Firmados y con descripción clara y detallada del servicio.
2. Entregables y reportes
Documentos que muestren el trabajo realizado y los resultados obtenidos.
3. Comunicaciones
Correos, minutas y registros que reflejen coordinación, avances y seguimiento.
4. Evidencia de pago
CFDIs, transferencias, estados de cuenta y registros contables.
5. Verificación del proveedor
Pruebas de su infraestructura, experiencia y personal.
6. Razón de negocio
Explicación de por qué se contrató el servicio y qué beneficio económico aportó.
¿Por qué es tan importante acreditar la materialidad de los servicios?
- Deducción de impuestos: Sin evidencia sólida, el SAT puede rechazar el gasto y el IVA acreditado.
- Evitar sanciones: La falta de materialidad puede derivar en auditorías, multas y, en casos graves, acusaciones por simulación de operaciones.
- Cumplimiento fiscal: El SAT busca verificar la sustancia económica de las operaciones, no solo el papel.
Consideraciones clave en materialidad de servicios
Tangibilidad
Los servicios son intangibles; por eso se necesita evidencia “tangible” que pruebe su existencia.
Expediente completo
Es recomendable integrar un expediente del servicio: contratación, ejecución y cierre.
Constancia
Acreditar materialidad no es solo para auditorías: debe ser un proceso continuo de control interno.
Conclusión sobre la Materialidad de los Servicios
Acreditar la materialidad de los servicios no es opcional: es indispensable para proteger a la empresa de rechazos de deducciones, riesgos fiscales y cuestionamientos del SAT.
Contar con mecanismos internos para recabar documentación —desde contratos hasta entregables, reportes y evidencia de pago— permite demostrar que las operaciones ocurrieron realmente y que aportaron un beneficio económico. Esto reduce significativamente el riesgo de observaciones durante auditorías o revisiones fiscales.
