Saltar al contenido

¿La Pensión de Bienestar paga impuestos?

El SAT aclara la duda de una vez por todas sobre la pensión del bienestar y los impuestos

El SAT aclara la duda de una vez por todas sobre la pensión del bienestar y los impuestos

Si eres adulto mayor y recibes la Pensión de Bienestar, esto te interesa: el SAT confirmó que este apoyo no genera impuestos ni debe declararse ante Hacienda, incluso si recibes otra pensión como la del IMSS o ISSSTE. Pero hay un requisito que debes cumplir.

El origen de la confusión

Durante una reunión celebrada el 14 de mayo de 2024 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente, el SAT abordó una pregunta muy común entre los adultos mayores:

¿La Pensión de Bienestar debe incluirse en la declaración anual si también recibes otra pensión?

Esto se debe a que muchas personas reciben dos ingresos:

  • Una pensión de tipo laboral (como IMSS o ISSSTE)
  • Y la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, otorgada por el Gobierno Federal.

Cuando estos ingresos suman una cantidad elevada, surge la duda:

¿Debo declarar ambas? ¿O solo la pensión laboral?

¿Qué dice la ley?

El Artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) tiene la respuesta: Los apoyos económicos entregados a través de programas del Presupuesto de Egresos de la Federación, como la Pensión de Bienestar, no se consideran ingreso para efectos del ISR.

Esto significa que ni se grava, ni se declara.

Y sí: este apoyo aparece en el Ramo 20 Bienestar del Presupuesto de Egresos 2024, lo que confirma que entra en esta categoría legal.

¿Ingreso exento o ingreso no objeto? (y por qué importa)

Aquí es donde muchos se enredan. Existen dos tipos de ingresos que no pagan ISR:

Concepto¿Qué significa?¿Debo declararlo?
Ingreso exentoEs ingreso que sí está considerado en la ley, pero la misma ley te exentaA veces sí, según la norma
Ingreso no objetoEs ingreso que la ley ni siquiera considera gravableNo se declara, ni se informa al SAT

La Pensión de Bienestar es ingreso no objeto.

Por eso no necesitas incluirlo en tu declaración, ni siquiera si recibes otra pensión que sí deba declararse.

¿Qué debes hacer como beneficiario?

Aunque no se declara, el SAT recomienda lo siguiente:

  • Conserva tus estados de cuenta y folios de depósito. Son prueba de que el dinero proviene de un programa oficial.
  • Verifica que la pensión figure en el catálogo oficial del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Esto te dará respaldo si alguna vez necesitas aclarar algo ante Hacienda.

En resumen sobre la Pensión del Bienestar

  • No necesitas declarar la Pensión de Bienestar, incluso si tienes otra pensión gravable.
  • No genera ISR, porque la ley no la considera ingreso.
  • Solo necesitas conservar tus comprobantes, por si llegas a necesitar una aclaración futura.

¿Tienes dudas sobre cómo declarar tu pensión o si estás obligado a hacerlo? Recuerda que entender estos detalles puede evitarte muchos dolores de cabeza. Y ahora ya sabes: la Pensión de Bienestar no te mete en problemas con el SAT.

Decisiones correctas, no infinitas opciones

Suscríbete y recibe en tu correo las ultimas actualizaciones fiscales y tips de facturación que simplifican la vida.

No hacemos spam, recibirás un correo a la semana para no perderte nada.

Suscribirse a Blog Post es gratis y darse de baja tambien

Aviso de privacidad

Preferencias