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Gastos podrían no ser deducibles: SAT advierte sobre el REPSE

Comunicados del SAT: lo que debes saber sobre el REPSE

SAT advierte sobre la deducibilidad de ciertos gastos, específicamente los relacionados con empresas que ya no están registradas en el REPSE

Si eres empresario o responsable de la contabilidad de tu empresa, es importante que conozcas lo que esto significa y cómo proteger tus deducciones fiscales con las empresas que están relacionadas con el REPSE.

¿Qué es el REPSE y por qué es importante?

El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) es un requisito obligatorio en México para todas las empresas que ofrecen servicios u obras especializadas.

Este registro se implementó tras la reforma laboral de 2021, la cual regula la subcontratación laboral (outsourcing) y busca garantizar que las empresas cumplan con obligaciones fiscales y laborales al contratar servicios especializados.

Cumplir con el REPSE es crucial, ya que trabajar con empresas no registradas puede poner en riesgo la deducibilidad de tus gastos.

Comunicados del SAT: lo que debes saber sobre el REPSE

El SAT ha enviado avisos a los contribuyentes recordando que:

  • Para que los gastos sean deducibles, el proveedor de servicios debe cumplir con los requisitos del Artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
  • Los gastos no serán deducibles si se realizan operaciones con empresas que ya no están registradas en el REPSE.

Confusión frecuente: Que una empresa no aparezca actualmente en el REPSE no significa que no estuviera registrada cuando se prestó el servicio. Por ello, es importante revisar la documentación para comprobar que el proveedor sí cumplía con los requisitos al momento de la operación.

Cumplimiento de requisitos en el momento de la deducción

Los requisitos de deducción se deben cumplir en el momento en que se realiza la deducción.

Si en ese momento el proveedor estaba registrado en el REPSE y se cuenta con la documentación comprobatoria, no debería haber problema para deducir esos gastos, incluso si actualmente la empresa ya no está en el registro.

Qué hacer si recibes una advertencia del SAT

Durante la Tercera Reunión 2024 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente, el SAT aclaró que:

  • Las cartas invitación no buscan determinar la situación fiscal de los contribuyentes.
  • Son comunicados generales basados en posibles omisiones.

Esto significa que sí puedes deducir tus gastos siempre que:

  1. Cumplas con los requisitos fiscales vigentes en el momento del gasto.
  2. Tengas la documentación que lo respalde, como contratos, facturas y registros del REPSE del proveedor al momento de la operación.

Los expertos enfatizan en lo importante de conservar toda la documentación que pruebe que los requisitos se cumplieron en el momento de la deducción.

Conclusión

No todas las advertencias del SAT implican un problema fiscal inmediato. Sin embargo, es fundamental contar con pruebas de que tus proveedores estaban registrados en el REPSE cuando se prestó el servicio, para proteger tus deducciones y evitar inconvenientes futuros.

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