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Domicilio “no localizable” ¿Cuándo lo considera el SAT?

¿Cuándo considera el SAT un domicilio como no localizable?

La localización de tu domicilio fiscal es más importante de lo que imaginas

Cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no logra ubicar la dirección que registraste, tu domicilio puede ser clasificado como “no localizable”, lo que puede detener operaciones fiscales importantes hasta que regularices la situación.

¿Qué significa que el SAT considere no localizable tu domicilio?

Cuando el SAT visita la dirección fiscal que diste de alta y no logra confirmar que ahí operas, inicia un proceso para determinar si realmente existe actividad económica en ese lugar. Dependiendo del área del SAT que realice la visita, el procedimiento puede ser simple o muy detallado.

¿Quién verifica tu domicilio: Recaudación o Auditoría?

Existen dos áreas principales que pueden hacer esta verificación: Recaudación y Auditoría. Cada una actúa con distinto nivel de profundidad.

Revisión del área de Recaudación del SAT

Si la verificación la realiza Recaudación, el procedimiento suele ser más sencillo. El funcionario se presenta en el domicilio y hace preguntas básicas como:

  • ¿Aquí se encuentra la empresa “XYZ”?
  • ¿Quién es el representante legal?

Con estas respuestas, la autoridad puede decidir si el domicilio se considera “localizable” o “no localizable”.

Revisión del área de Auditoría del SAT

Si la revisión la hace el área de Auditoría, la visita es más rigurosa. El auditor busca comprobar a detalle que las operaciones reportadas coinciden con la realidad. Algunas de las preguntas y solicitudes que puede hacer son:

  • ¿Está el representante legal o quién es el encargado?
  • ¿Quiénes son los miembros del consejo?
  • ¿Dónde se guarda la contabilidad? (Debes tenerla disponible de los últimos cinco años).
  • ¿Qué personal labora en la empresa? (Incluso pueden entrevistar empleados).
  • ¿Qué espacio ocupa la empresa y cuáles son sus activos? (Pueden pedir balanzas para verificar la información).

¿Qué pasa si tu domicilio se considera “no localizable”?

Si el SAT determina que tu domicilio no existe o no coincide con tu actividad económica, puede clasificarlo como “no localizable”. Esto trae consecuencias como:

  • Limitaciones para realizar trámites fiscales.
  • Posibles revisiones más profundas.
  • La obligación de actualizar tu domicilio o comprobar la información para recuperar la condición de “localizable”.

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