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Cambio de nombre o razón social CFDI 4.0

¿Cómo afecta al CFDI 4.0 si cambio el nombre o razón social?

¿Cómo afecta o que impacto tiene el cambio de nombre o razón social en la versión del CFDI 4.0?

Con la entrada en vigor de la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), se estableció un requisito importante: el nombre del receptor debe coincidir exactamente con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), sin importar el tipo de persona jurídica. Sin embargo, surgen preguntas comunes cuando un contribuyente cambio de nombre o razón social, manteniendo el mismo RFC.

Preguntas frecuentes sobre el cambio de nombre en CFDI 4.0

Aquí responderemos a tres preguntas clave que a menudo se plantean:

  1. ¿Qué nombre debe utilizarse en el CFDI 4.0? El nombre que debe utilizarse en el CFDI 4.0 es el nombre actualizado en el momento de emitir el documento. De lo contrario, no será posible timbrar el comprobante.
  2. Si se reemplaza una factura emitida antes del cambio de nombre, ¿Se debe emitir con el nombre anterior o el nuevo? En este caso, se debe emitir la factura con el nombre que estaba vigente en el momento de su emisión. No es necesario actualizarla con el nuevo nombre.
  3. Si se emite un CFDI antes del cambio de nombre, ¿Cómo deben generarse los CFDI relacionados después del cambio (como complemento de pago o nota de crédito)? Los CFDI relacionados, emitidos después del cambio de nombre, deben reflejar el nombre actualizado. No es necesario modificar los documentos anteriores.

Puntos clave para entender la situación del cambio de nombre o razón social

Es fundamental comprender que la inclusión del nombre del receptor en el comprobante es esencial para su timbrado en el momento de emisión. La autoridad compara el nombre proporcionado con los datos de su base de datos durante este proceso.

En este contexto, resulta claro que el nombre a utilizar debe ser el vigente en el momento de emitir el documento, ya que, de lo contrario, no se podrá timbrar el CFDI.

No es relevante que un documento original haya sido emitido con un nombre diferente al actual. Lo que importa es que el RFC sigue siendo el mismo y sigue siendo el punto de referencia principal.

En consecuencia, no es necesario cancelar documentos originales y emitir nuevos con el nombre actualizado, ya que los originales se emitieron correctamente en su momento. Los nuevos documentos se emiten según los datos vigentes en el momento actual.

Este proceso puede causar confusiones tanto para quienes emiten como para quienes reciben facturas, por lo que es crucial abordar este tema con claridad en cada operación de este tipo.

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