El 13 de diciembre de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó una actualización al catálogo del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) 4.0
Esta modificación al catálogo del CFDI 4.0 incluye tres nuevas claves en el catálogo c_ObjetoImp, que contiene los conceptos objeto de impuesto. Estas claves entrarán en vigor a partir del mes de enero de 2025.
Claves actualizadas y su uso
Las nuevas claves en el catálogo están diseñadas para especificar cómo se manejan el IVA y el IEPS en diversas operaciones. A continuación se detalla el uso de cada una:
Clave 06: Sí objeto del IVA, No traslado IVA
Esta clave está prevista en las reglas misceláneas 11.15.1, 11.16.11 y 11.16.12, y aplica para contribuyentes que se benefician de decretos de estímulos fiscales, como:
- La zona libre de Chetumal, Quintana Roo.
- Los Polos Industriales del Bienestar (POINBI) en Yucatán.
Cómo funciona el estímulo fiscal
El crédito fiscal equivale al 100% del IVA causado por la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el uso de bienes. Este beneficio es aplicable siempre que:
- No se traslade el IVA al adquirente.
- Los bienes o servicios sean usados dentro de los polos productivos.
Además, los comprobantes fiscales deben incluir el complemento de leyendas fiscales, como:
- “Operación realizada al interior del Tianguis del Bienestar.”
- “Operación realizada al interior de los POINBI.”
Clave 07: No traslado del IVA, Sí desglose IEPS
Aunque esta clave no tiene una aplicación específica en las reglas misceláneas, se infiere que incluye el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en operaciones donde:
- No se traslada el IVA.
- Es necesario desglosar el IEPS.
Ejemplo de aplicación
Puede usarse para productos sujetos a beneficios fiscales, como:
- Jugos, néctares, y bebidas con componentes de leche o cultivos lácticos.
- Agua no gaseosa en envases menores de 10 litros.
Clave 08: No traslado del IVA, No desglose IEPS
Similar a la clave anterior, pero aplicable a casos en los que no se desglosa el IEPS.
Crítica a las nuevas claves del Catálogo CFDI 4.0
La introducción de estas claves ha generado dudas y críticas entre expertos fiscales:
- Falta de claridad: No se han emitido guías oficiales para el uso de las claves, lo que genera incertidumbre jurídica.
- Confusión por el IEPS: La inclusión del IEPS en el catálogo plantea interrogantes sobre cómo manejar operaciones donde se traslada el IVA y también se incluye este impuesto.
Se sugiere que, en operaciones donde el IVA se traslada, se use la clave correspondiente al IVA sin referir al IEPS. Sin embargo, esto no resuelve las dudas de los contribuyentes.
Fecha de obligatoriedad Actualización Catálogo CFDI 4.0
De acuerdo con el Artículo 31 del Código Fiscal de la Federación, los cambios en las herramientas electrónicas del SAT entran en vigor un mes después de su publicación. Por lo tanto, el uso de estas claves es obligatorio a partir del 13 de enero de 2025.