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Pago provisional PM, ¿Qué facturas considera el SAT?

Pago provisional del Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas morales (PM) genera dudas entre los contribuyentes

El proceso de prellenado en las declaraciones de pago provisional del Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas morales (PM) genera dudas entre los contribuyentes.

Este sistema del prellenado de las declaraciones de pago provisional (PM), implementado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), utiliza los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas emitidas y recibidas por las empresas para facilitar la declaración de impuestos.

¿Qué información utiliza el SAT para el prellenado el pago provisional de las PM?

El SAT emplea la información de los CFDI emitidos por las personas morales para precargar los pagos provisionales del ISR. Esto simplifica el proceso de declaración y mejora la exactitud en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La principal inquietud de los contribuyentes es no tener claridad sobre qué facturas considera el SAT para estos efectos. Para aclarar esta duda, el SAT ha precisado qué CFDI se incluyen en el prellenado, dependiendo del régimen fiscal en el que se encuentre la persona moral.

Facturas consideradas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

En el caso de las personas morales que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el SAT utiliza los siguientes CFDI:

  • Tipo de CFDI: Se consideran los CFDI tipo Ingreso (I) y Pago (P), emitidos por el contribuyente.
  • Método de pago: Facturas cuyo método de pago es «Pago en una sola exhibición» (PUE).
  • Periodo: Los CFDI deben haber sido emitidos dentro del periodo que corresponde al pago provisional.
  • Fecha de emisión: Los CFDI deben tener fecha de emisión dentro del periodo que se está declarando.

Facturas consideradas en el Régimen General de Personas Morales

Para las personas morales bajo el Régimen General, el SAT precarga la información de los siguientes CFDI:

  • Tipo de CFDI: CFDI tipo Ingreso (I).
  • Método de pago: Se incluyen tanto los CFDI con método de pago «Pago en una sola exhibición» (PUE) como aquellos con «Pago en parcialidades o diferido» (PPD).
  • Periodo: Los CFDI deben ser vigentes y emitidos en el periodo correspondiente al pago.
  • Fecha de emisión: La fecha de emisión de las facturas debe coincidir con el periodo que se está declarando.

Facturas para Sociedades y Asociaciones Civiles

En el caso de sociedades y asociaciones civiles, el prellenado considera los siguientes CFDI:

  • Tipo de CFDI: CFDI tipo Ingreso (I).
  • Método de pago: Facturas con método «Pago en una sola exhibición» (PUE).
  • Periodo: Los CFDI deben estar vigentes y haber sido emitidos en el periodo que corresponde al pago.
  • Fecha de emisión: La fecha de emisión de las facturas debe coincidir con el periodo a declarar.

Opción para adicionar o disminuir ingresos

El SAT también permite que los contribuyentes ajusten la información prellenada. Durante el proceso de declaración, se les pregunta si tienen ingresos adicionales o si desean disminuir los ingresos prellenados.

  • ¿Tienes ingresos a disminuir?: Si es así, puedes reducir los ingresos precargados.
  • ¿Tienes ingresos adicionales?: En este caso, también es posible agregar más ingresos.

Estas opciones permiten mayor flexibilidad a la hora de declarar, lo que ayuda a evitar discrepancias entre los ingresos reales y los prellenados por el SAT.

Conclusión sobre el pago provisional de personas morales (PM)

El SAT utiliza una serie de criterios para el prellenado de las declaraciones de pagos provisionales del ISR de las personas morales, en función del régimen fiscal. Con esta información, los contribuyentes pueden cumplir más fácilmente con sus obligaciones fiscales, aunque es importante revisar siempre los datos prellenados y ajustarlos si es necesario.

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