
Para facturar, el emisor debe asegurarse de que los regímenes fiscales o actividad económica de sus clientes sean los adecuados para emitir el CFDI.
Para facturar sin actividad económica, según el uso previsto del comprobante, uno de los requisitos del CFDI 4.0 es incluir el régimen fiscal del receptor.
Validación Régimen fiscal y actividad económica
La validación de este dato no implica necesariamente una coincidencia exacta entre el régimen fiscal registrado en el RFC del receptor.
En este contexto, es crucial resaltar que esta particularidad se deriva de la flexibilidad de la autoridad fiscal, la cual no exige una correspondencia exacta entre el régimen fiscal registrado y el que figura en el registro del receptor, sino más bien que esté en consonancia con su naturaleza como persona física o moral.
El uso de la factura depende del régimen fiscal registrado
Sin embargo, es importante destacar que no se puede asignar cualquier régimen fiscal a una persona según su preferencia, ya que el campo «uso del CFDI», que indica el propósito del comprobante, está vinculado al régimen fiscal registrado por el emisor.
Esto se debe a que en el catálogo «c_UsoCFDI» se incluye una columna para el régimen fiscal del receptor, que indica los regímenes permitidos para cada uso del CFDI.
Por lo tanto, en lugar de utilizar los regímenes de forma indiscriminada, se aconseja obtener información precisa de los clientes que recibirán el CFDI.
«Régimen o actividad económica sin obligaciones fiscales»
Es importante mencionar que los contribuyentes pueden registrar el régimen «616 – Sin obligaciones fiscales» en su RFC. Dicho esto, a un contribuyente en este régimen no se le pueden emitir un CFDI con usos distintos a los siguientes:
- S01 Sin efectos fiscales.
- CP01 Pagos.
Para el caso de los contribuyentes que soliciten factura pero que no tienen registrada una actividad económica y estén bajo el régimen «sin obligaciones fiscales», solo se les puede emitir una factura con el uso «sin efectos fiscales» para el CFDI que respalde la totalidad de la operación, o bien, un CFDI de pagos cuando sea aplicable.