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Conoce las reglas del SAT, ¿Quiénes deben emitir Carta Porte?

Descubre las reglas del SAT, ¿Quiénes deben emitir Carta Porte?

Descubre quiénes están obligados a emitir la Carta Porte y cómo afecta a empresas, transportistas y compradores

Evita sanciones fiscales y optimiza tu cumplimiento con esta guía clara y detallada para emitir la Carta Porte si es tu caso.

¿Qué es la Carta Porte?

La Carta Porte es un documento fiscal obligatorio en México para respaldar el traslado de bienes y mercancías. Su regulación proviene del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que otorga al SAT la facultad de establecer sus características y uso.

¿Quiénes están obligados a emitirla?

De acuerdo con las reglas 2.7.7.1.1 y 2.7.7.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal, deben emitir la Carta Porte Digital:

Empresas o personas que prestan servicios de transporte

Si una empresa o persona transporta bienes para terceros, debe emitir una factura electrónica de tipo ingreso con Complemento Carta Porte (CCP).

Dueños de bienes y mercancías que usen sus propios vehículos

Si el propietario de la mercancía la transporta con sus propios medios, está obligado a generar una factura electrónica de tipo traslado con CCP.

Intermediarios o agentes de transporte

Si un intermediario o agente de transporte realiza traslados con vehículos propios, debe emitir una factura electrónica de tipo traslado con CCP. En caso de subcontratar el servicio de transporte, la empresa contratada será quien deba emitir la factura de ingreso con CCP.

Excepción: transporte local con carga ligera

No es obligatoria la emisión de la Carta Porte en el transporte local con vehículos de carga ligera (categoría menor a «C2» según la NOM-012-SCT-2-2017) y sin tránsito por carreteras federales por más de 30 km.

Casos en los que NO se requiere la Carta Porte

La emisión de la comprobante fiscal no es necesaria cuando el vendedor no realiza el traslado de la mercancía. Esto sucede en los siguientes casos:

  • El cliente recoge directamente la mercancía en la bodega del vendedor.
  • El comprador contrata el servicio de transporte por su cuenta.

En estas situaciones, el vendedor solo debe emitir la factura fiscal por la venta, mientras que la obligación de generar la Carta Porte recae en quien efectúe el transporte.

Casos en los que SÍ se requiere la Carta Porte

Es obligatoria la emisión de la comprobante fiscal cuando:

  • El vendedor entrega la mercancía en un punto fuera de sus instalaciones y la transporta con sus propios medios. En este caso, debe emitir una factura de traslado con CCP.
  • El vendedor contrata un servicio de transporte para la entrega. En este caso, la empresa de transporte debe generar la factura de ingreso con CCP.

Importancia de registrar el punto de entrega

Para los vendedores que entregan la mercancía en sus propias instalaciones, es recomendable documentarlo formalmente en:

  • Contratos de venta.
  • Observaciones dentro de la factura.

Esto servirá como prueba ante el SAT en caso de revisión, demostrando que no existía obligación de emitir una Carta Porte.

Cumplimiento y recomendaciones

Cumplir con la normativa de la Carta Porte es clave para evitar sanciones fiscales. Para ello, se recomienda:

  • Revisar los procesos internos relacionados con el traslado de mercancías.
  • Actualizar la documentación fiscal según las disposiciones vigentes.
  • Asegurarse de emitir correctamente las facturas con el complemento correspondiente.

Mantente al día con las regulaciones del SAT y evita problemas fiscales al gestionar correctamente este comprobante fiscal.

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