
La nueva reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación obliga a los contribuyentes a garantizar el crédito fiscal desde el primer medio de defensa
Con la aprobación de la Ley de Ingresos 2026, el Senado también dio luz verde a una reforma importante al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF) para garantizar el crédito fiscal.
Este cambio busca asegurar que los contribuyentes paguen sus créditos fiscales, pero lo hace incrementando la presión financiera sobre quienes enfrentan procedimientos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En palabras simples, esta reforma aplica cuando una persona física o moral impugna una resolución fiscal, como un crédito emitido por el SAT, a través de un recurso de revocación o juicio.
Garantía desde el primer medio de defensa
Antes, cuando el contribuyente presentaba una impugnación ante el SAT, no estaba obligado a garantizar el crédito fiscal de inmediato. Ahora, con la reforma, esa garantía será obligatoria desde el primer paso legal.
Actualmente solo es necesario garantizar el interés fiscal cuando se llega al juicio de nulidad o al amparo, no en el recurso de revocación. Con la reforma, esto cambiará desde el inicio.
En otras palabras, si un contribuyente quiere defenderse de una resolución del SAT, primero deberá asegurar el pago del crédito. De lo contrario, no podrá continuar con su defensa.
Orden obligatorio en las formas para garantizar el crédito fiscal
Hasta hoy, el artículo 141 del CFF permite siete opciones para garantizar el interés fiscal:
Formas actuales de garantía:
- Depósito en dinero
- Carta de crédito
- Prenda o hipoteca
- Fianza
- Obligación solidaria
- Embargo
- Títulos valor o cartera de créditos
Sin embargo, la reforma cambia las reglas: se establecerá un orden obligatorio en esas opciones, siendo la primera un billete de depósito, es decir, dinero en efectivo guardado en una institución autorizada (como el Banco del Bienestar o el Banco del Ejército).
Un especialista fiscal señaló que esto limita la flexibilidad de las personas y empresas, ya que no podrán elegir la forma de garantía que más les convenga.
Al imponer un orden obligatorio y excluir ciertos bienes, se restringe la capacidad de cumplir con esta obligación de forma flexible.
Consecuencias del incumplimiento
Si el contribuyente no garantiza el crédito fiscal a tiempo, el SAT podrá embargar bienes o intervenir cuentas bancarias sin suspender sus actos de cobro. Entre las medidas posibles se incluyen:
- Embargo de cuentas bancarias
- Embargo de bienes muebles o inmuebles
- Intervención de la negociación o empresa del contribuyente
Estas acciones buscan dar mayor capacidad de respuesta al SAT, pero también aumentan el riesgo financiero y operativo para los contribuyentes que no cumplan oportunamente.
Restricciones adicionales para garantizar crédito fiscal
Otro punto importante es que la reforma limita los bienes que pueden ofrecerse como garantía, por ejemplo:
- No se aceptarán predios rústicos ni bienes intangibles (como marcas o derechos).
- Si un mismo bien se utiliza más de dos veces para garantizar distintos créditos, ya no podrá volver a usarse para ese fin.
Esto significa que las opciones de los contribuyentes serán cada vez más reducidas, especialmente para quienes no cuentan con suficiente liquidez.
Impacto sobre pymes y personas físicas
Los especialistas advierten que las pequeñas y medianas empresas (pymes) serán las más afectadas por esta reforma. Muchas de ellas no tienen el capital suficiente para inmovilizar dinero o acceder a una carta de crédito.
En la práctica, algunos contribuyentes podrían no ejercer su derecho de defensa fiscal si no logran garantizar primero el crédito conforme al nuevo orden, explicó un fiscalista.
Abogados añaden que esta reforma “pone más trabas a la actividad económica de las empresas”, afectando principalmente a las pymes y a las personas físicas que dependen de sus propios recursos para operar.
Conclusión respecto a garantizar crédito fiscal
La reforma al artículo 141 del Código Fiscal marca un endurecimiento en la relación entre el SAT y los contribuyentes. Al exigir garantizar el crédito fiscal desde el primer medio de defensa, se reduce la capacidad de maniobra financiera de las empresas y personas físicas, sobre todo las más pequeñas.
Aunque el objetivo del gobierno es asegurar el cobro de los créditos fiscales, el costo operativo y financiero recaerá directamente sobre los contribuyentes, quienes ahora deberán planificar cuidadosamente sus recursos antes de impugnar cualquier resolución fiscal.
