
¿Si un trabajador no estuvo todo el año en la empresa recibe menos reparto de utilidades? Aquí te explicamos cómo funciona el cálculo de la PTU
Cada año, las empresas están obligadas por la Ley Federal del Trabajo a repartir entre sus empleados el 10% de la utilidad fiscal anual. Este monto no se distribuye al azar, sino con base en un procedimiento justo y claro que la propia ley establece respecto al PTU.
Para calcularlo, la utilidad a repartir se divide en dos partes iguales:
- 50% según los días efectivamente laborados por cada trabajador.
- 50% según el salario que devengaron durante el ejercicio fiscal.
Esto significa que tanto el tiempo que trabajaste como el salario que ganaste influyen en la cantidad que recibirás.
¿Qué días cuentan como efectivamente laborados?
No todos los días de ausencia afectan por igual tu PTU. La ley especifica cuáles días sí suman a tu cálculo y cuáles no.
Se consideran laborados:
- Jornadas efectivas dentro de la empresa.
- Incapacidades por maternidad.
- Incapacidades por riesgos de trabajo.
- Vacaciones, días festivos y séptimos días.
- Permisos con goce de sueldo por comisiones sindicales.
No se consideran laborados:
- Incapacidades por enfermedad general.
- Ausencias injustificadas.
- Permisos sin goce de sueldo.
Si entraste a trabajar a mitad de año, también tienes derecho
Si comenzaste en la empresa a mitad de año, no te preocupes: también tienes derecho a recibir PTU. Eso sí, el monto será proporcional a lo que aportaste durante el ejercicio fiscal, tanto en días trabajados como en salario devengado.
Por ejemplo, si entraste en julio, tu participación en las utilidades será menor que la de alguien que estuvo los 12 meses. No es un castigo ni una exclusión: es una regla de proporcionalidad justa y prevista por la ley, que busca equilibrar las aportaciones de todos los trabajadores.
¿Debo hacer algo adicional para recibir mi PTU?
No. Como trabajador no tienes que realizar ningún trámite extra. La empresa ya está obligada a calcular la PTU considerando las fechas de ingreso, egreso y tu salario real. Lo importante es que el empleador tenga bien registradas estas variables para que el cálculo sea correcto.
En resumen, sí tienes derecho a recibir PTU aunque hayas trabajado solo parte del año, siempre de manera proporcional a tu tiempo y salario. La clave está en que la empresa aplique correctamente los factores que marca la ley, para que todos reciban lo que les corresponde.