El Régimen de Coordinados ofrece una opción fiscal simplificada diseñada específicamente para empresas de transporte terrestre de bienes y personas en México
Este esquema de Régimen de Coordinados no solo facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sino que también proporciona beneficios clave que pueden impactar positivamente en la rentabilidad de tu negocio.
¿Qué es el Régimen de Coordinados?
El Régimen de Coordinados, establecido en el artículo 72 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR), aplica a personas morales que:
- Administres y operen activos fijos o terrenos relacionados con el transporte terrestre de carga o pasajeros.
- Sean integradas por personas que también realicen actividades relacionadas con el autotransporte.
Este régimen es exclusivo para empresas dedicadas al autotransporte terrestre de carga o pasajeros, siempre que no presten mayoritariamente sus servicios a otras empresas relacionadas (ya sea en México o en el extranjero).
Requisitos para inscribirse en el Régimen de Coordinados
Para registrarte en este régimen fiscal, necesitas reunir y presentar los siguientes documentos:
- Acta constitutiva protocolizada (copia certificada).
- Acuse de preinscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Identificación oficial vigente del representante legal.
- Poder notarial, en caso de que aplique.
- Comprobante de domicilio actualizado.
Estos requisitos garantizan que tu empresa cumple con las condiciones legales necesarias para operar bajo este esquema.
Beneficios y estímulos fiscales
Ventajas clave según la Resolución de Facilidades Administrativas 2024:
- Deducción simplificada de gastos:
- Puedes deducir hasta el 8% de los ingresos propios de la actividad, con un límite de un millón de pesos anuales.
- No necesitas contar con toda la documentación fiscal si:
- El gasto fue realizado en el ejercicio fiscal correspondiente.
- Está registrado en tu contabilidad.
- Pagas un ISR anual del 16% sobre el monto deducido. Este pago es definitivo y no puede ser acreditado ni deducido nuevamente.
- Pagos provisionales:
- Es necesario realizar pagos provisionales del ISR a lo largo del ejercicio fiscal, los cuales se consideran a cuenta del ISR anual.
- Es necesario realizar pagos provisionales del ISR a lo largo del ejercicio fiscal, los cuales se consideran a cuenta del ISR anual.
- Retención simplificada para personal operativo:
- Se retiene el 7.5% de ISR sobre los pagos a:
- Operadores, macheteros y maniobristas en transporte de carga.
- Operadores, cobradores, mecánicos y maestros en transporte de pasajeros foráneos y de turismo.
- Para esto, es obligatorio:
- Presentar una relación individualizada del personal y los pagos efectuados ante el SAT antes del 15 de febrero de 2025, cumpliendo con las disposiciones del IMSS y la ficha de trámite 91/ISR.
- Emitir el CFDI correspondiente por concepto de nómina.
- Se retiene el 7.5% de ISR sobre los pagos a:
- Gastos relacionados con la actividad:
- Puedes realizar gastos utilizando las cuentas bancarias de personas físicas que sean permisionarias de autotransporte terrestre federal, siempre que los registros contables coincidan con la liquidación emitida
¿Cómo aprovechar al máximo el Régimen de Coordinados?
Este régimen representa una oportunidad única para optimizar la carga fiscal de tu empresa de transporte. Sin embargo, para maximizar sus beneficios, es esencial:
- Mantener una contabilidad ordenada y actualizada.
- Consultar con un especialista fiscal que te ayude a interpretar y aplicar correctamente las disposiciones.
- Cumplir puntualmente con las fechas y requisitos establecidos por las autoridades fiscales.
El Régimen de Coordinados no solo simplifica el cumplimiento fiscal, sino que también permite que las empresas de transporte se enfoquen en lo que hacen mejor: mover a México. Asegúrate de estar bien informado y preparado para aprovechar al máximo sus beneficios.