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Régimen de las AGAPES, ¿Qué facilidades tiene este régimen?

¿Qué facilidades tiene el Régimen de las AGAPES?

El Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras y Silvícolas (AGAPES) es un régimen fiscal diseñado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes que se dedican exclusivamente a estas actividades primarias.

Beneficios del Régimen de las AGAPES

Este régimen de las AGAPES ofrece ventajas y simplificaciones para aquellos contribuyentes cuyos ingresos por estas actividades representan al menos el 90% de sus ingresos totales. Esto excluye las ventas de terrenos, maquinaria y automóviles pertenecientes al activo fijo. El objetivo es fomentar el desarrollo y la formalización de estas actividades.

Contribuyentes bajo el Régimen de AGAPES

Personas Morales

  • Obligaciones fiscales: Deben calcular y enterar los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) e IVA por cada uno de sus integrantes, y cumplir con sus obligaciones fiscales específicas.
  • Registro: Es necesario llevar un registro separado de ingresos y egresos para cada integrante.
  • Régimen fiscal: Pueden tributar bajo el Régimen General de Ley.

Personas Físicas

  • Ingresos limitados: Aquellas personas físicas cuyos ingresos no superen los $900,000 en el ejercicio no tienen que presentar declaraciones mensuales ni la anual.
  • Pagos provisionales: Deben calcular y enterar los pagos provisionales con base en la tarifa establecida en el artículo 106 de la Ley del ISR.
  • Retención: Las personas físicas dedicadas exclusivamente a actividades del sector primario que realicen operaciones con personas morales no tienen retención del 1.25%.
  • Régimen fiscal: Pueden tributar bajo el Régimen de Actividad Empresarial y Profesional o el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), utilizando la base de flujo de efectivo.

Facilidades y Estímulos Fiscales

El Régimen de AGAPES ofrece varias facilidades y estímulos fiscales:

Exenciones y Reducciones

  • ISR: No pagarán ISR hasta un monto anual de 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por cada socio o asociado.
  • Reducción en ISR: Se permite una reducción del 30% en el ISR determinado en las declaraciones provisionales.

Devoluciones y Declaraciones

  • IVA: Devolución de saldos a favor del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles.
  • Declaraciones provisionales: Se puede optar por presentar las declaraciones de forma mensual o semestral.

Deducciones

  • Gastos: Deducción de hasta el 10% de los ingresos por gastos en mano de obra, alimentación de ganado y gastos menores, con un límite de 800 mil pesos durante el ejercicio.
  • Combustible: Deducción de hasta el 15% del total del combustible adquirido, siempre que se cumplan con las obligaciones fiscales.

Declaración Informativa

  • DIOT: Posibilidad de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) en los mismos plazos de los pagos provisionales del ISR.

Requisitos y Consideraciones

  • Deducción de gastos: Los gastos deben ser estrictamente indispensables para la explotación de la actividad y cumplir con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF).
  • Comprobantes: Los comprobantes de deducción deben cumplir con los requisitos fiscales y deben haber sido efectivamente cobrados.

Conclusión sobre las AGAPRES

Este régimen permite una mayor flexibilidad en el cumplimiento de obligaciones fiscales, como la reducción del ISR, la deducción de ciertos gastos, y la simplificación en la presentación de declaraciones. Estas ventajas buscan fomentar el desarrollo de las actividades del sector primario, contribuyendo a su formalización y crecimiento económico.

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