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Nuevas Preguntas Frecuentes del Complemento Carta Porte 3.1

SAT publica actualización de las preguntas frecuentes sobre el Complemento Carta Porte 3.1 conoce aquí los detalles.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado una nueva versión de preguntas frecuentes sobre el Complemento Carta Porte 3.1 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Aquí presentamos un resumen de las 10 preguntas más destacadas de la décima primera publicación del complemento carta porte 3.1, actualizadas al 15 de febrero de 2024.

¿Quiénes deben emitir una factura electrónica con complemento Carta Porte?

Las empresas o personas que ofrecen servicios de transporte de bienes y/o mercancías dentro del territorio nacional, utilizando vehículos propios, arrendados o en posesión por cualquier figura jurídica, y que reciben algún pago por dichos servicios, deben emitir una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte. Si el transporte es sin recibir ingresos, se debe emitir una factura de tipo traslado con complemento Carta Porte.

Quienes transportan en zonas locales o usan vehículos que no exceden las dimensiones de un camión tipo C2 (según la NOM-012-SCT-2-2017) y cuyo tramo federal no supere los 30 kilómetros, no están obligados a emitir esta factura.

¿Qué es una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte?

Es una factura que refleja el ingreso por servicios de transporte e incluye el complemento Carta Porte para acreditar la legal tenencia y estancia de los bienes o mercancías durante su traslado en territorio nacional. Este comprobante debe desglosar el traslado de impuestos.

¿Qué es una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte?

Es una factura emitida por el dueño o poseedor de bienes y/o mercancías que realiza el traslado con sus propios vehículos sin recibir pago alguno. Incluye la información del complemento Carta Porte para acreditar la legal tenencia y estancia durante el traslado en territorio nacional.

¿Qué es el complemento Carta Porte 3.1?

Es un formato electrónico establecido por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) para el traslado de bienes y/o mercancías. Este formato se agrega a una factura electrónica de tipo traslado o ingreso y complementa la información de los manifiestos de carga aérea, marítima o ferroviaria.

Diferencia entre bienes y mercancías

  • Bienes: Muebles que integran el patrimonio de una persona y se deterioran con el uso o el tiempo.
  • Mercancías: Productos disponibles para la venta.

¿Para qué sirve el atributo IdCCP?

El atributo IdCCP es un folio que identifica y relaciona el CFDI con complemento Carta Porte de tipo ingreso o traslado. Se genera automáticamente y no debe transmitirse en el Documento de Operación para Despacho Aduanero (DODA).

¿Cómo saber si un tramo es federal o local?

  • Tramo federal: Carreteras a cargo del gobierno federal, vías generales de comunicación por agua, ferroviarias y aéreas.
  • Tramo local: Traslado dentro de una localidad, comunidad o estado, sin transitar por carreteras federales.

Consulta los tramos de la red federal en los documentos cartográficos de la SCT y otros recursos mencionados en la publicación oficial.

  1. Documentos cartográficos elaborados por la SCT
  2. Atlas del Sector Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
  3. Mapa Nacional
  4. Mapas por entidad federativa

Obligaciones para maniobras en zonas federales

Las empresas que realizan maniobras de carga, descarga, estiba, alijo, acarreo, almacenaje y transbordo dentro de zonas federales no están obligadas a emitir una factura electrónica con complemento Carta Porte, ya que no realizan el traslado de bienes y/o mercancías.

Excepciones para la emisión del complemento Carta Porte

No están obligados a emitir factura electrónica con complemento Carta Porte:

  • Quienes transportan bienes y/o mercancías de manera local.
  • Quienes utilizan vehículos de carga que no exceden las dimensiones de un camión tipo C2 y no superan un tramo federal de 30 kilómetros.
  • Propietarios de vehículos de carga y transportistas extranjeros.

Aun sin el complemento Carta Porte, se debe emitir una factura electrónica de tipo ingreso por los servicios prestados a cambio de una remuneración.

Obligaciones para personas físicas que usan plataformas tecnológicas

Las personas físicas que realizan traslados de bienes y/o mercancías a nivel local mediante plataformas tecnológicas no están obligadas a emitir factura electrónica con complemento Carta Porte. Deben emitir una factura de tipo ingreso o traslado sin el complemento, siempre que no excedan el tramo federal permitido.

Para más detalles, consulta el minisitio del Complemento Carta Porte del SAT aquí.

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