La actualización del subsidio para el empleo en el CFDI de Nómina implementada el 1 de mayo de 2024 mediante un decreto presidencial, ha generado interrogantes tanto en su interpretación como en su aplicación.
A continuación se señalan las deficiencias regulatorias de este decreto en el subsidio para el empleo en el CFDI de Nómina, destacando la falta de derogación del artículo que establece el subsidio anterior y la configuración del nuevo como una alternativa al anterior.
La premura de su entrada en vigor ha llevado a los desarrolladores y programadores a realizar ajustes en los sistemas de nómina y en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para reflejar adecuadamente esta actualización.
Desafíos y Alternativas
El nuevo subsidio, establecido con una cuota fija de 390 pesos, presenta desafíos en su registro en el CFDI de nómina debido a que no está contemplado en la estructura actual del XML. Sin embargo, existen alternativas para su registro.
Actualmente el XML del CFDI de Nómina contempla los campos siguientes:
- Nodo: SubsidioAlEmpleo. Nodo condicional para expresar la información referente al subsidio al empleo del trabajador.
- Atributo: SubsidioCausado. Atributo requerido para expresar el subsidio causado conforme a la tabla del subsidio para el empleo publicada en el Anexo 8 de la RMF vigente.
Consideraciones para el Registro
Se sugiere utilizar el atributo «SubsidioCausado» para incluir este nuevo dato, aunque también se plantea la posibilidad de utilizar campos alternativos, como el campo «TipoOtroPago» del nodo «OtroPago» con la clave «999».
Sin embargo, se insta a la autoridad a ajustar la guía de llenado del CFDI de nómina para estandarizar el registro y evitar prácticas que distorsionen la información. Estas alternativas se presentan como sugerencias para facilitar la operación de las nóminas, pero no constituyen criterio oficial de la autoridad.